
Sí. A efectos de esta convocatoria, las entidades privadas sin ánimo de lucro (Fundaciones) se pueden considerar dentro del ámbito I+D pública. En cualquier caso, esta entidad debe ajustarse y aceptar las normas generales de la convocatoria.
Sí. A efectos de esta convocatoria, las empresas públicas (de ámbito estatal, regional o local) se pueden considerar dentro del ámbito I+D pública. En cualquier caso, cualquier empresa pública participante en los Proyectos Cero debe ajustarse y aceptar las normas generales de la convocatoria.
No. Las ayudas contempladas en esta convocatoria están destinadas a promover las investigaciones en el ámbito público de la I+D. Por tanto, las empresas privadas no pueden ser beneficiarias de este tipo de ayudas. Sin embargo, las empresas privadas pueden participar como subcontratadas de una o más de las partes (entidad pública) participantes legítimos del proyecto.
Sí. Sin embargo, a estos efectos, la empresa no es en ningún modo parte integrante del proyecto y por tanto toda investigación realizada por ella para el proyecto se considera una prestación de servicios. La empresa subcontratada no puede participar de ninguno de los beneficios que se puedan derivar del proyecto, ni participar en la propiedad industrial o intelectual de los resultados. Solo entidades de naturaleza pública pueden ser poseedores de estos derechos en el contexto de los Proyectos Cero.
No. La empresa subcontratada no puede participar de ninguno de los beneficios que se puedan derivar del proyecto, ni participar en la propiedad industrial o intelectual de los resultados. Solo entidades de naturaleza pública pueden ser poseedores de estos derechos en el contexto de los Proyectos Cero. A estos efectos, la empresa no es en ningún modo parte integrante del proyecto y por tanto toda investigación realizada por ella para el proyecto se considera meramente como una prestación de servicios.
Sí, siempre y cuando alguno de los grupos participantes en el proyecto pertenezca al CSIC. Además, deberá cumplir las condiciones reflejadas en el apartado 7 (Requisitos de los solicitantes) de la Convocatoria.
En este caso, el equipo del proyecto deberá encontrar algún otro grupo del CSIC adecuado que pueda participar en el proyecto. Esta situación será tratada de manera directa entre el Investigador Principal y la Comisión de Evaluación, estableciéndose el procedimiento oportuno en su momento.
Sí. Sin embargo, en el caso de recibir una evaluación óptima, si la ejecución del proyecto requiere imperativamente una inversión superior a la que la Fundación General CSIC puede afrontar en el marco de esta convocatoria, la concesión final de la financiación estará condicionada a la obtención por parte del equipo investigador o/y las entidades participantes de la financiación adicional necesaria de otras fuentes. Alternativamente, las entidades beneficiarias pueden asumir los costes extra en los que se debe incurrir para cumplir los objetivos del proyecto. No se concederá ninguna subvención a proyectos que no garanticen la viabilidad económica de las investigaciones propuestas que permitan la consecución de los objetivos.
Puesto que la evaluación de las solicitudes será llevada a cabo por comisiones de evaluación que pueden incluir expertos extranjeros, las solicitudes deben ser redactadas íntegramente en inglés. Incluso los ficheros adjuntos: documentación adicional, descripción, Currículum vitae, etc.
En la página de entrada de la Fundación (http://www.fgcsic.es) hay un vínculo (marcado con una línea roja en el pantallazo) que lleva a la página específica de la convocatoria:

En el pantallazo de la página de la convocatoria (http://www.fgcsic.es/convocatorias/especies_amenazadas), el acceso a los formularios de solicitud se muestra con una línea roja:

Hay que tener en cuenta que para tener acceso a estos formularios se debe iniciar sesión en la página con el nombre de usuario y contraseña que se haya elegido cuando se registra en la página web de la Fundación.
En la convocatoria Proyectos Cero – Especies Amenazadas de la Fundación General CSIC el término "especie amenazada" es amplio, en el sentido que no se restringe a aquellas formalmente definidas como tales. Por ejemplo, puede haber especies que aun no se consideran especies amenazadas pero en las que se puede apreciar una tendencia negativa que podría llevarlas a estar en peligro de extinción en el futuro, como puede ser el caso de los gorriones en algunos países. Estos casos se podrían considerar sujetos de estudio dentro del ámbito de esta convocatoria. Tampoco se restringe la convocatoria a especies exclusivamente ibéricas, sino que puede referirse a especies de cualquier lugar del mundo.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que, en términos competitivos, una propuesta centrada en una especie determinada puede resultar mejor o peor evaluada dependiendo de lo que la Comisión de evaluación estime, incluido el nivel de "amenaza" de la especie en cuestión o su localización. Esto, evidentemente, no es el único factor de evaluación y su importancia dependerá mucho de la propuesta en sí. Por ejemplo, dos propuestas orientadas a la recuperación de sendas especies amenazadas el nivel de amenaza de cada especie puede marcar una diferencia en la evaluación (a igualdad de los otros factores).
Del mismo modo, pueden ser objeto de un Proyecto Cero en esta convocatoria conjuntos de especies o incluso ecosistemas completos que tengan la característica de amenazados.
La presentación de Expresiones de interés para la Convocatoria de Proyectos Cero 2010 en Especies Amenazadas se hace de manera telemática a través de la página específica de la Convocatoria. A esta página puede accederse directamente a través del siguiente vínculo: http://www.fgcsic.es/convocatorias/especies_amenazadas
La extensión de las expresiones de interés en la Convocatoria 2010 de Proyectos Cero en Especies Amenazadas no está definida. Como orientación, es preferible que sean breves y directas y que pongan de manifiesto el interés general de la propuesta. Se trata en esta fase de "vender" la idea. Los evaluadores agradecerán una redacción concisa y concreta, sobre todo cuando tienen que evaluar varias Expresiones de Interés. Por otro lado, deben contener la suficiente información como para poner de manifiesto su interés. Sin pretensión ninguna, una extensión aproximada podría ser entre 2 y 5 páginas en total (quizás 5 sean ya demasiadas, aunque dependerá del tipo de letra y espaciado), pero esto es puramente orientativo. La convocatoria no impone ninguna restricción a este respecto.
Una vez completada la solicitud, para que ésta sea efectiva, debe completarse el proceso de presentación cerrando la solicitud y enviando el justificante de presentación. Para ello:
… Los justificantes de solicitud en papel, debidamente firmados, deberán enviarse a la sede operativa de la Fundación (c/ Príncipe de Vergara 9 - 2ª derecha, 28001 Madrid ) en sobre cerrado, indicando en el sobre “Fundación General CSIC. Proyectos Cero – Especies Amenazadas”. Estos justificantes deberán ser recibidos en la sede de la Fundación no más tarde de las 24.00 h del día de finalización del plazo de recepción de solicitudes en cada caso.
No tendrán validez, a efectos de cómputo de fecha recepción de solicitudes, el depósito en ningún registro que no sea el de la Fundación, ni la fecha de entrada o certificación de Correos o Mensajerías.
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